The query (UPDATE noticias SET lecturas=lecturas+1 WHERE id_noticia=32851-el-gobierno-provincial-denuncio-a-movistar-y-a-los-cuatro-trabajadores-por-incumplir-normativa-vigente) produced an error (42S22): Unknown column 'el' in 'where clause'. El Gobierno provincial denunció a Movistar y a los cuatro trabajadores por incumplir normativa vigente - La Vanguardia
miércoles 24 de abril de 2024 - Edición Nº1967

Provinciales | 6 jul 2020

SANTA CRUZ

El Gobierno provincial denunció a Movistar y a los cuatro trabajadores por incumplir normativa vigente

Durante la jornada de hoy el gobierno provincial a través de la Fiscalía de Estado presentó ante la justicia federal.



Una denuncia vinculada a las personas que dieron positivo COVID-19 y la empresa Telefónica Móviles Argentina S.A (MOVISTAR).

La denuncia se vincula a supuestos delitos contra la salud pública penados por los artículos 202 y 205 del Código Penal. Se recuerda en la denuncia que la provincia adhirió al DNU 576/20 mediante el Decreto 774/20 del 29 de junio estableciendo en su artículo 4 que se dispone "aislamiento social, preventivo y obligatorio respecto de las personas que ingresaron y/o ingresen al territorio provincial provenientes de otras jurisdicciones".

Esto implica que quienes ingresan de ciudades como Buenos Aires deben cumplir con la cuarentena estricta de 14 días; en el caso de los cuatro denunciados (trabajadores dependientes de MOVISTAR) ingresaron a la provincia por vía terrestre y desarrollaron tareas en diferentes puntos de la ciudad de Río gallegos, como ser en el destacamento de Gendarmería Nacional (San Martín y Buenos Aires). Además según surge de sus propias palabras se abastecieron de comestibles en el local de La Anónima sucursal Autovía y Corrientes.

De comprobarse tal evento, indica la denuncia de la Fiscalía de Estado, "las personas no cumplieron con la normativa que regula la emergencia sanitaria vigente en el país y especialmente en la Provincia de Santa Cruz", poniendo en riesgo a la comunidad santacruceña.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO: